Ordenanza Nº 43/2016


VISTO:

El articulo Nº 29 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, y;

CONSIDERANDO:

Que año a año el Municipio realiza la actualización de la totalidad de las tasas municipales;

Que durante el ejercicio 2016, el ejecutivo accedió a un empréstito con el Banco de la Provincia de Buenos Aires para poder mejorar la flota municipal, y de esta manera prestar mejores servicios;

Que este endeudamiento permitió la compra de dos camiones, licitados hace unos días, y una retropala próxima a licitarse, entre otros;

Que es política de esta gestión de gobierno brindar respuestas a nuestros vecinos con la mayor eficacia y eficiencia posible;

Que también se envió al HCD el presupuesto municipal para el ejercicio 2017, donde, de acuerdo a los lineamientos brindados desde la Subsecretaría de Coordinación Económica de la Provincia de Buenos Aires, la pauta presupuestaria estimada es del orden del 22%;

Que el incremento en el costo de mantenimiento de los servicios, resulta necesario para mantener la calidad de los mismos;

Que es facultad del Honorable Concejo Deliberante sancionar las ordenanzas impositivas de la Municipalidad;

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de General Paz, en uso de las facultades que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, sanciona la presente:

ORDENANZA 

ARTÍCULO 1º: Aprobar el anexo “Ordenanza Fiscal – Impositiva 2017”, que forma de este proyecto.

ARTÍCULO 2º: Gírese oportunamente la presente al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, a los efectos de que tome conocimiento.

ARTÍCULO 3º: Regístrese, Comuníquese al Departamento Ejecutivo y Archívese.

Dada en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante Jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires a los 29 días del mes de Noviembre de 2016.-

Entradas que pueden interesarte: