Ordenanza Nº 33/2016


VISTO:

La nota presentada por el Subsecretaría Municipal de Deportes, Sra. María de los Ángeles de Andrés, con referencia a la apertura de la temporada de la pileta 2016-2017 y las tarifas a cobrar para el uso de las instalaciones del Centro de Educación Física, Deportes y Recreación de Ranchos, del polideportivo Loma Verde y del Polideportivo Villanueva , y;

CONSIDERANDO:

Que en la misma informa que la pileta comenzará a funcionar el próximo sábado 10 de Diciembre de 2016 a las 14:00 Hs.,

Por ello el Honorable Concejo Deliberante de General Paz, en uso de las facultades que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, sanciona la presente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º: Autorizar al Departamento Ejecutivo la apertura de las Instalaciones de la pileta del Centro de Educación Física, Deportes y Recreación “Intendente Alberto F. Ferrante”, de Ranchos, del Polideportivo Loma Verde y del Polideportivo Villanueva, correspondiente a la temporada Veraniega 2016-2017, para el día 10 de Diciembre a partir de las 14 Hs.

ARTÍCULO 2º: Facúltase el cobro de las tarifas que se detallan a continuación:

A) Entrada Menores hasta 16 años $ 15,00
B) Entrada Juveniles desde 17 años a 21 años $ 30,00
C) Entrada General Mayores de 22 años en adelante $ 40,00
D) Valor del Carnet Médico $ 50,00
E) Abono por quincena
  1. Menores hasta 16 años $ 80,00
  2. Juveniles desde 17 años hasta 21 años $ 180,00
  3. Mayores de 22  años en adelante $ 240,00

F) Abono mensual
  1. Menores hasta 16 años $ 150,00
  2. Juveniles desde 17 años hasta 21 años $ 300,00
  3. Mayores de 22  años en adelante $ 400,00

ARTÍCULO 3º: Los menores de cuatro (4) años, acompañados de un mayor de 18 años o de un familiar directo, ingresaran sin cargo, así como también los jubilados y pensionados residentes en el distrito, que acrediten tal condición

ARTÍCULO 4º: Los contingentes de jubilados y pensionados, y de establecimientos educativos que visiten el natatorio abonaran la suma de pesos CUARENTA ($ 40,00), por persona y por día que incluye la revisación médica habilitante para el ingreso.

ARTÍCULO 5º: Las personas o grupo familiares que mediante encuesta social acrediten no poder solventar tal erogación,  los alumnos de la Escuela Especial Nº 501 y Operarios del Taller Protegido General Paz  obtendrán ingreso y carnet médico sin cargo.

ARTÍCULO 6º: Los grupos familiares integrados por 2 (dos) mayores y 2 (dos) o más menores que requieran la entrada o abono en forma conjunta, obtendrán una bonificación del 20 %.

ARTÍCULO 7º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, regístrese y archívese.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de General Paz, jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires a los 14 días del mes de Noviembre de 2016.

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