Ordenanza Nº 18/2016


VISTO:

La realización de la Licitación Pública Nº 5/16  referente a la “Ejecución de Pavimento de Hormigón en Calles de la Localidad de Ranchos”; y,

CONSIDERANDO:

Que con fecha 2 de Septiembre del corriente, se realizó la apertura de las ofertas correspondientes al llamado a licitación Pública Nº 5/16  referente a la “Ejecución de Pavimento de Hormigón en Calles de la Localidad de Ranchos”;

Que de acuerdo a lo establecido en el pliego de bases y condiciones, el día 2 de Septiembre de 2016, a las 10hs, se procedió al acto de  apertura de las propuestas;

Que para el correspondiente llamado a licitación pública, se cumplimentaron todos los requisitos establecidos por la Ley Orgánica de las Municipalidad; 

Que, en el mencionado acto licitatorio, se presentó solo un oferente;

Que, de acuerdo a lo establecido en el Art. Nº 155° de la Ley Orgánica de las Municipalidades, es necesario contar con la aceptación del Honorable Concejo Deliberante, para proseguir con el trámite administrativo;

Que el pavimento de referencia, será destinado a la calles Ameghino desde su intersección con la calle Alsina hasta Calle 47; Calle 49 desde Av. Campomar hasta la intersección con las Vías del Ferrocarril Gral Roca; y Calle 49 bis, por un total de 103 metros lineales desde su intersección con la calle Ameghino todas de la Localidad de Ranchos (ver plano de Anexos I y II) ;

Que la realización de esta obra junto con el entubamiento del canal que se está ejecutando, permitirá dar respuesta a un viejo reclamo de los vecinos del lugar y mejorar el escurrimiento de las aguas;
Que esta obra, forma parte del proyecto de obras que presentó el Departamento Ejecutivo en el marco del Programa  del Fondo de Infraestructura Provincial;

Que, de acuerdo a lo establecido en el Art. Nº 155° de la Ley Orgánica de las Municipalidades, el Departamento Ejecutivo considera de evidente conveniencia la oferta presentada, en función de tratarse de una empresa con experiencia en el rubro, con buenos antecedentes en las obras ejecutadas en el distrito, por haber cumplimentado todo los requisitos exigidos en el Pliego de Bases y Condiciones, y por ser económicamente una oferta, que se encuentra dentro de los valores de mercado;
   
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de General Paz, en uso de las facultades que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades de la provincia de Buenos Aires, sanciona la siguiente: 

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º: Autorizar al Departamento Ejecutivo a aceptar la única oferta presentada por la Empresa Playa Construcciones S.R.L. en la Licitación Pública Nº 5/16 referente a la “Ejecución de Pavimento de Hormigón en Calles de la Localidad de Ranchos” realizada el pasado 2 de Septiembre.

ARTÍCULO 2º: Regístrese, comuníquese al Departamento Ejecutivo y archívese.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de General Paz, jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires a los 14 días del mes de septiembre de 2016

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