Ordenanza Nº 23/2014



VISTO:

La necesidad jurídica y social, de regularizar la situación dominial de la fracción de tierra donde se erigen las instalaciones de la Asociación de Bomberos Voluntarios de Loma Verde,  y; 

CONSIDERANDO:

Que, como es de público conocimiento, la Institución Bomberos Voluntarios de Loma Verde, ya se encuentra creada, y en franco crecimiento;

Que oportunamente, durante el proceso de formación, y en busca de obtener un espacio físico donde edificar las instalaciones del cuartel de bomberos, el vecino Osvaldo Fussi y Familia donaron una porción de terreno destinada a tal fin;

Que la Comisión Directiva, de la mencionada institución, ha solicitado a través del Delegado Municipal, Marcelo Mendilahatzu, la colaboración del municipio, a los efectos de poder realizar la subdivisión del terreno donado, y así poder regularizar la situación dominial;

Que el Sr. Osvaldo Fussi y familia, dono una porción de terreno de la fracción identificada catastralmente como Circ. VI, Parcela 887G, para ser destinada a la construcción del cuartel de Bomberos Voluntarios de Loma Verde.

Que es menester, regularizar la situación dominial de esta fracción de terrenos, a los efectos de no causarle ningún perjuicio al vecino que ha realizado la donación ni a sus herederos.

Que el municipio, trabaja permanentemente de manera mancomunada con las instituciones del distrito, a los efectos de lograr beneficios y crecimiento para todos los habitantes del mismo;

Que, como la tierra es propiedad de un particular, no es posible realizar las correspondientes subdivisiones, por medio de la Subsecretaria Social de Tierras y Viviendas de la Provincia de Buenos Aires;

Que la contratación, de un profesional Agrimensor, en forma particular, resultaba muy onerosa para las arcas municipales;

Que el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a través de la Dirección de Geodesia, cuenta con los recursos profesionales necesarios para realizar este tipo de tareas;

Que las mencionadas subdivisión, requerirán un abono de $ 19.500,00 en concepto de viáticos y/u horas extras del personal profesional;

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de General Paz, en uso de las facultades que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º: Autorizar, al Intendente Municipal, a firmar con la Dirección de Geodesia del Ministerio de Infraestructura de la Provincia de Buenos Aires, el ACTA ACUERDO, por un monto de $ 19.500;00 para subdividir 1 fracciones de terreno ubicada en la localidad de Loma Verde, y que como ANEXO I, forman parte integrante de la presente Ordenanza.

ARTÍCULO 2°: Regístrese, comuníquese al Departamento Ejecutivo, y archívese.

Dado en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de General Paz, jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires a los 27 días del mes de agosto de 2014.

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