Ordenanza Nº 6/2014


VISTO: 

La nota presentada por la Sra. María Florencia Eguillor, solicitando transferir a su favor el excedente fiscal designado catastralmente como Circ. I- Secc. D- Qta. 98- Mza. 98b, Parc. 4ª, partida 9713 de General Paz y;

CONSIDERANDO: 

Que la solicitante ha sido beneficiaria del Plan PROCREAR, requiriendo que el mencionado inmueble pase a su nombre, a fin de poder construir su vivienda 
Que dicho lote de terreno no reúne las medidas mínimas indispensables solicitadas por la Ley nro. 9812 de Ordenamiento de Suelo para constituir una unidad de explotación económica independiente;

Que la ley 9533 en su articulo 13º establece que dichos excedentes serán cedidos por el Municipio a los propietarios linderos y a titulo gratuito, ante el escribano que proponga el particular interesado, quedando a cargo de este los gastos y honorarios que dicha operación demande;

Que el particular interesado debe cumplir una serie de requisitos de forma previstos en el articulo 13º, segundo párrafo de la Ley antes mencionada, los cuales a la fecha se encuentran perfeccionados;

Que la Ley Orgánica de las Municipalidades en su artículo 56º exige la autorización del Honorable Concejo Deliberante para transferir bienes a titulo gratuito;
Por ello el Honorable Concejo Deliberante de General Paz en uso de las facultades que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a ceder a titulo gratuito el inmueble designado catastralmente como: Circ. I- Secc. D- Qta. 98- Mza. 98b, Parc. 4ª, partida 9713 de este distrito y a suscribir la correspondiente escritura traslativa de dominio, en virtud de lo dispuesto por la Ley 9.533.

ARTÍCULO 2º: Regístrese, comuníquese al Departamento .Ejecutivo y archívese.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de General Paz, jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires a los 14 días del mes de Abril de 2014

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